martes 27  de  mayo 2025
EEUU

Ciudadanía por nacimiento, fallo trascendental del Supremo 2s424v

El fallo determinará no solo el alcance de la enmienda decimocuarta, sino también el de los jueces federales sobre materias de orden nacional, según experto 5v4q3o

Por Olgalinda Pimentel

MIAMI.-El fallo que la Corte Suprema dicte en junio sobre la orden ejecutiva del presidente Donald Trump de prohibir el derecho a la ciudadanía por nacimiento a los hijos de inmigrantes en situación irregular en EEUU, tendrá una enorme trascendencia para el país, sin que esto signifique modificar la Constitución.

Puede modificar efectivamente el alcance del derecho fundamental consagrado en la Enmienda decimocuarta, en el país conformado esencialmente por inmigrantes, y también el de los fallos de los jueces federales, tanto en este proceso como en otros futuros en materia migratoria, afirma el abogado Ángel Leal, especialista en el tema de Inmigración y abogado constitucionalista.

“Este es un caso en el que el alto tribunal puede determinar si la decisión de una corte federal mantiene su alcance nacional o si, por el contrario, se va a limitar a los comparecientes y las jurisdicciones donde se encuentran los demandantes”, explica.

Es lo que la Corte Suprema evalúa, hasta ahora. No la constitucionalidad.

Decreto de Trump 1o5411

El decreto que Trump dictó el 20 de enero, tras asumir la presidencia en enero pasado, establece que los hijos de padres indocumentados, o los de un padre que no sea residente o naturalizado estadounidense, o de una madre que se encuentre en el país con visa temporal –de turismo, estudiante, etcétera- no son sujetos a la jurisdicción del país, y en consecuencia, no gozan del derecho constitucional de la ciudadanía por nacimiento.

La legalidad de esta orden ejecutiva ha sido demandada en 22 estados hasta ahora, y jueces de distrito de Washington, Massachusetts y Maryland bloquearon la vigencia de la orden ejecutiva con decisiones de alcance nacional, en favor de preservar el precepto constitucional y proteger a todos los hijos de inmigrantes en EEUU.

El 13 de marzo, la istración Trump solo pidió a la Corte que suspenda las decisiones de las cortes inferiores contra el decreto, una petición que ha dividido a los magistrados pero que también los reta a un fallo de efectos insospechados.

Mientras la incertidumbre envuelve al país, lo único cierto por ahora es que todo niño de inmigrantes que nació en EEUU antes del 20 de enero goza del derecho a la nacionalidad.

Escenarios para la ciudadanía 455n52

Leal traza escenarios para comprender lo que puede pasar con la orden de Trump, quizá la más controversial de sus medidas debido a que compromete la vigencia de la Enmienda decimocuarta de la Constitución, una de las más antiguas.

Durante la comparecencia ante la Corte, el 15 de mayo pasado, el Departamento de Justicia pidió que se limite el alcance de las órdenes de las cortes federales a la jurisdicción donde se encuentran tanto estas como los comparecientes.

Se estima que además de Washington, Massachusetts y Maryland, otros estados sumen sus fallos contra la istración Trump.

“El Estado argumentó hasta qué punto un juez federal tiene poder o atribuciones para reversar con un fallo una orden ejecutiva emitida por un presidente electo legalmente, democráticamente, constitucionalmente, por los estadounidenses”, refiere el abogado.

Afirma que en el supuesto caso de que la Corte Suprema decida que los fallos de los jueces federales tienen alcance jurisdiccional y no nacional, quedarían favorecidos los demandantes de los 22 estados, pero las personas del resto de los 28 quedarían excluidas, porque ninguna se sumó al litigio.

En este escenario, los hijos de padres inmigrantes que nazcan en el país y radicados en esos estados, no gozarían del derecho a la ciudadanía por nacionalidad.

Según Leal, esta es la parte más polémica y debatible. “Pudiéramos ver un escenario en que la Corte Suprema decida esperar a que los jueces de distrito determinen cada caso, pero mientras tanto los fallos de esas cortes federales toman efecto para los comparecientes y para los otros estados, pero no para otros”, remarca.

Advierte que decisiones en materia migratoria que generalmente tienen alcance nacional “pudieran cambiar con este caso”.

Si la Corte Suprema revierte el derecho gc6o

Otro escenario es que la Corte Suprema decida revertir el derecho a la ciudadanía, dando efectividad a la orden ejecutiva de Trump, lo que Leal ve poco probable, aunque cualquier cosa puede ocurrir.

“Eso sería devastador porque ese beneficio es un pilar de la historia de EEUU, un país de inmigrantes. Y eliminar el derecho a la ciudadanía por nacimiento basado en el estatus migratorio de los padres, sería un cambio drástico en lo que es la esencia del país”, asegura.

Señala que, si eso llegara a ocurrir, el fallo no tiene efecto retroactivo para un niño que nazca ahora en EEUU. “Tendría la nacionalidad de EEUU y de hecho se le concede el certificado de nacimiento y pasaporte americano, hasta que una Corte diga lo contrario”.

Sujetos a la jurisdicción 1x465g

Leal deja claro que en este caso no está en juego la vigencia de la enmienda constitucional sobre la ciudadanía por nacimiento ni una enmienda de la Constitución.

“Se trata un asunto de interpretación, de fraseología de lo que dice la enmienda sobre si una persona está sujeta a la jurisdicción de EEUU, es decir, si la ciudadanía les corresponde a hijos de padres indocumentados que por serlo presuntamente no están sujetos a la jurisdicción del país”.

Se incluye también a padres no residentes permanentes, que tengan estadía temporal en EEUU, de tal manera que tampoco a sus hijos les corresponde la ciudadanía por nacimiento, según decreto.

Los abogados del Departamento de Justicia han argumentado que los tres casos principales que se han presentado “no tienen base legal”, según dice.

Lo que está retando la istración Trump es que esa frase de ‘estar sujeto o no a la jurisdicción’ del país aplica a las personas indocumentadas.

Sin embargo, la Corte Suprema ha decidido hasta ahora que eso no es así, indica Leal.

“Lo que los magistrados han resuelto repetidamente es que los derechos constitucionales también les corresponden a personas en esa situación, de tal manera que sí son personas que están sujetas a la jurisdicción del país, porque tienen los derechos constitucionales de cualquier otra persona en el país”.

Largo recorrido de la Enmienda 305c3s

*1857. La Corte Suprema determinó en el caso de Drake Scott vs. Sandfort que personas que habían sido esclavas o descendientes de africanos en el país no podían ser ciudadanos americanos y por lo tanto no podían demandar ni se podía prohibir la esclavitud en el país. Este fallo fue un hito y dio paso a la Guerra Civil-

*1868. Luego de la Guerra Civil, EEUU aprueba la enmienda decimocuarta para establecerla ciudadanía a afroamericanos liberados, así como a “todas las personas nacidas o naturalizadas en EEUU y sujetas a su jurisdicción”. Con este fallo se reversa el anterior de 1857.

*1989. La Corte Suprema decide, 30 años después de la enmienda, el caso United States vs. Wong King Ark. Este fue un inmigrante nacido en EEUU y cuyos padres eran de origen chino y residentes permanentes en el país. El histórico fallo determinó que por haber nacido en el país le correspondía la ciudadanía americana.

Desde entonces la enmienda está vigente, pero el derecho a la ciudadanía por nacimiento tiene una excepción: para hijos de diplomáticos (no están sujetos a la jurisdicción del país porque vienen por misión)

FUENTE: Entrevista abogado Ángel Leal, especialista en el tema de migración

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